Cumplimiento normativo del modelo 720 y 721 de activos en el extranjero

El cumplimiento normativo del Modelo 720 y 721 en España es fundamental para la correcta declaración informativa de activos situados en el extranjero, evitando sanciones y asegurando el respeto a la normativa fiscal vigente.

A continuación, una breve explicación de cada uno de ellos:

Modelo 720

El Modelo 720 es una declaración informativa que se presenta ante la Agencia Tributaria española para informar sobre los bienes y derechos situados en el extranjero que superen ciertos umbrales establecidos. Esta declaración se utiliza para informar sobre cuentas bancarias en el extranjero, valores, seguros, derechos, bienes inmuebles y otras propiedades situadas fuera de España. El objetivo principal del Modelo 720 es prevenir el fraude fiscal y garantizar la transparencia en las operaciones financieras en el extranjero. Se debe presentar anualmente antes del 31 de marzo y solo se completa la primera vez que se cumplan los umbrales específicos o si hay cambios significativos en los activos declarados anteriormente.

Modelo 721

El Modelo 721 es una declaración informativa que se utiliza para informar sobre la adquisición, transmisión, transferencia o cualquier cambio relevante en bienes y derechos situados en el extranjero. Esta declaración se aplica específicamente a la adquisición de bienes inmuebles en el extranjero por parte de personas o entidades residentes en España. Su objetivo es recopilar información sobre las operaciones de compraventa de inmuebles en el extranjero para garantizar la correcta tributación de las transacciones y evitar posibles elusiones fiscales. El plazo para presentar el Modelo 721 es de un mes a partir de la fecha de adquisición, transmisión o cambio relevante.

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Ambos modelos tienen características específicas y requisitos detallados que deben cumplirse para presentar la declaración de manera correcta y oportuna. Es importante tener en cuenta que la información proporcionada aquí es solo una visión general, y te recomendaría consultar con un asesor fiscal o revisar la normativa vigente en España y cualquier actualización o cambio en relación con el Modelo 720 y el Modelo 72.